Que Ley regula actualmente los contratos del servicio publico?

¿Qué Ley regula actualmente los contratos del servicio público?

En la actualidad, el texto básico que regula la contratación del Sector Público es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, cuyos objetivos inspiradores, según manifiesta su propio Preámbulo son lograr una mayor transparencia en la contratación pública y una mejor relación calidad-precio.

¿Qué es una modificacion en un contrato?

El “Ius Variandi” (o derecho a variar) es la facultad del empleador de modificar unilateralmente ciertos aspectos del contrato de trabajo, es decir, sin necesidad de contar con el acuerdo del trabajador. Esta facultad se otorga al empleador para que pueda organizar y dirigir la empresa.

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¿Qué se necesita para modificar un contrato?

¿Cuáles son los requisitos para poder modificar un contrato en México?

  1. Debe existir un acuerdo claro entre empleador y empleado antes de realizar las modificaciones al contrato.
  2. Debes contar con una convención modificatoria de manera escrita, firmada y aprobada por ambas.

¿Cuál es la Ley de contrato?

La Ley de Contratos de Trabajo nº 20.744: Es la norma legal que regula las relaciones laborales de los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia, excluyendo a los empleados de la Administración Pública.

¿Cuántos artículos se compone la actual Ley de Contratos del Sector Público?

▶ 347 artículos. ▶ 53 disposiciones adicionales. ▶ 5 disposiciones transitorias.

¿Qué es un contrato centralizado?

La Dirección General ha desarrollado un nuevo modelo para la contratación centralizada, el denominado “contrato centralizado” por contraposición al “acuerdo marco”. En el contrato centralizado se integran, en un único expediente, las prestaciones de servicios de varios ministerios y organismos.

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¿Cuál es el órgano de contratación del sistema Estatal de contratación centralizada?

El órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada es la Junta de Contratación Centralizada, adscrita a la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 6 siguiente sobre la …

¿Cuándo se pueden modificar los contratos públicos?

En este sentido, las modificaciones de los contratos públicos solo serán posibles si así se previeron en el pliego de cláusulas administrativas particulares o, de lo contrario, cuando se cumplan las condiciones que establece el nuevo articulado legal. Si no es así, se impone la resolución del contrato y la celebración de otro.

¿Cuáles son los requisitos para la modificación de un contrato?

Que la modificación no altere la naturaleza global del contrato. Que la modificación del contrato implique una alteración en su cuantía que no exceda, aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas conforme a este artículo, del 50 \% de su precio inicial, IVA excluido. MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES.

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¿Cuál es la jurisprudencia sobre la modificación de los contratos?

2.- En términos esenciales sigue siendo válida la jurisprudencia a la hora de explicar la modificación de los contratos en un contexto general marcado por la inalterabilidad de los contratos administrativos. Por lo tanto, rige la excepcionalidad y la necesidad de justificación y formalización de las mismas.

¿Cuándo se considera una modificación de un contrato sustancial?

Una modificación de un contrato se considerará sustancial: Cuando tenga como resultado un contrato de naturaleza materialmente diferente al celebrado en un principio. En cualquier caso, cuando se cumpla una o varias de las condiciones siguientes: