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¿Qué obras se pueden repercutir al inquilino?
Si son obras de mejora no se pueden repercutir al inquilino, y las tiene que asumir el propietario. Si son obras de conservación, se puede repercutir el 12\% anual del coste que le haya supuesto al propietario, con un tope máximo del 50 \% de la renta mensual que esté pagando el inquilino.
¿Que tener en cuenta a la hora de alquilar mi casa?
Los pasos que debes de seguir para alquilar tu casa o piso
- Principales consideraciones para tener en cuenta.
- Contrato de alquiler.
- Certificado energético.
- Pago de impuestos y fianza.
- Pago de la renta de la vivienda en alquiler.
- Obras en la vivienda.
- Gastos correspondientes al alquiler de un piso.
¿Cómo alquilar una vivienda de forma segura?
10 claves para alquilar una vivienda con seguridad
- Haz un inventario de bienes.
- Cuidado con el pago de los suministros.
- No te olvides de las cláusulas de prohibición.
- Garantías de pago.
- Recuerda, un mes de fianza.
- Mantén el contacto mediante correo electrónico.
- Cumple con la normativa.
¿Qué importe de la obra se podría repercutir?
Concretamente, la repercusión, conforme al art. 108 TR 1964, será el 12 \% del importe total de la obra, durante todo el tiempo de duración del contrato, el máximo a repercutir será el 50 \% de la cantidad que esté pagando de renta en el momento de la repercusión y se hará por complementos mensuales.
¿Qué exigir a un inquilino?
¿Qué se debe pedir a un arrendatario?
- Documentación personal. El documento nacional de identidad (DNI), NIE o pasaporte es condición sine qua non para la identificación del inquilino.
- Referencias.
- Documentación económico laboral.
- Fianza, deposito de garantía y renta.
¿Qué pasa si no acepto la renta de alquiler?
Tras la decisión del propietario, el inquilino tendrá dos posibilidades: o bien aceptar la nueva renta de alquiler, o bien no aceptarla. En el segundo caso, el contrato finalizará y el inquilino deberá abandonar la vivienda el día que vence dicho contrato.
¿Cuál es la duración mínima de un alquiler?
Hay una duración mínima, pero no máxima – al menos hasta cierto punto. La duración pactada inicialmente del alquiler determina la renta que pagará el inquilino y cobrará el propietario. De ahí que los caseros, en defensa de sus legítimos intereses, no pacten duraciones superiores a la mínima establecida legalmente.
¿Cuándo se puede incrementar la renta en los alquileres de renta antigua?
En los alquileres de renta antigua, los firmados antes del 1 de enero de 1995, la renta sólo se puede incrementar – o disminuir – según el IPC (Índice de Precios al Consumo).
¿Cuándo se actualiza la renta de un alquiler?
Comunicación al inquilino de la subida del alquiler durante la duración del contrato La actualización de la renta solo podrá efectuarse de manera anual y en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato (y no a primeros de año o en otra fecha).