Tabla de contenido
¿Qué gastos hay que pagar cuando se vende una casa?
¿Qué gastos e impuestos se pagan al vender una vivienda?
- Gastos antes de vender una casa: Nota simple. Certificado energético. Cédula de habitabilidad.
- Gastos al vender una casa. Contrato de arras. Gastos de notaría. Honorarios de la inmobiliaria.
- Impuestos venta vivienda. IRPF. Plusvalía municipal.
¿Dónde se pone la reinversión en vivienda habitual?
En el apartado Exención por reinversión vivienda habitual informe los datos referentes a la reinversión en la adquisición de la nueva vivienda habitual. En el campo “Importe cancelación préstamo” informe el importe total del préstamo que se encuentre pendiente de amortizar en el momento de la transmisión.
¿Cómo demostrar que vivo en mi casa?
Para demostrar la vivienda habitual sin estar empadronado se deberán presentar algunas pruebas como:
- Recibos de comunidad de propietarios.
- Certificado de centro de trabajo.
- Libro de familia que demuestre que los hijos del propietario nacieron en el lugar de la vivienda.
- Recibos de la luz, gas o Internet.
¿Cómo vender una casa durante la vigencia del contrato?
Sin embargo, durante ese lapso no deberás facilitar el acceso a la casa para que la muestren con el fin de impedir activamente su venta. Si logras vender la casa durante la vigencia del contrato, el corredor ganará una comisión aunque la transacción se haya cerrado sin su participación activa.
¿Cuánto tiempo se puede dejar la vivienda si prevalece la Ley de arrendamientos?
En verdad si prevalece lo que dice la ley, según he leído en la Ley de Arrendamientos Vigente tendría que estar seis meses para poder dejar la vivienda, quedándose el arrendador con la mitad de la fianza (en caso de esta la vivienda en las mismas condiciones que cuando se entregó).
¿Cuándo es el plazo de preaviso para desistir del arrendamiento de vivienda?
El plazo de preaviso para desistir del arrendamiento de vivienda en los contratos celebrados desde el 6 de junio de 2013 hasta la actualidad Saltar al contenido domingo, 05 de diciembre de 2021
¿Cuántos días de antelación se puede dar por terminado el arrendamiento?
Para los sucesivos años de duración del contrato, caso a suceder, podrán dar por terminado el arrendamiento previo aviso al arrendador con dos meses de antelación sin ninguna penaliza. Es el segundo año de alquiler, y he avisado con 46 días de antelación (en lugar de 60).