Que es el cruce de fronteras?

¿Qué es el cruce de fronteras?

Concepto de Cruce de Frontera en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Paso habilitado por las autoridades competentes de países que comparten una frontera, para la circulación de personas, mercancías y vehículos.

¿Qué hay que hacer para cruzar la frontera?

Deben presentar su pasaporte y visa de no inmigrante o una tarjeta de cruce fronterizo preaprobado. Los ciudadanos mexicanos que cruzan la frontera para trabajar en los EE. UU. también deben presentar la documentación del NAFTA.

¿Qué se necesita para cruzar la frontera en auto?

Formulario I-94. En el caso de que vayas a adentrarte más de 40 kilómetros en Estados Unidos después de la frontera o si tu estancia será mayor a 30 días, será necesario que tramites el permiso I-94, con el cual se te permite viajar dentro del país americano por un lapso máximo de seis meses con su visa B1/B2.

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¿Cómo se cruzan las fronteras exteriores?

En principio, las fronteras exteriores sólo podrán cruzarse por los pasos fronterizos y durante las horas de apertura establecidas.

¿Qué pasa si no tengo visa o tarjeta de cruce de la frontera?

Los diplomáticos mexicanos (y sus familiares acompañantes) con pasaportes diplomáticos u oficiales, no asignados permanentemente a los Estados Unidos, pueden ingresar sin una visa o Tarjeta de Cruce de la Frontera para una estadía que no exceda los 6 meses.

¿Qué documentos de viaje necesito para cruzar la frontera?

Todas las personas necesitan presentar sus pasaportes u otro tipo de documentos de viaje para cruzar la frontera. Por ejemplo, los residentes permanentes de Hong Kong que son ciudadanos chinos tienen que cruzar la frontera. Otro ejemplo son los estados malayos de Sabah y Sarawak, cada uno con controles fronterizos separados del resto de Malasia.

¿Qué son las fronteras interiores?

Se entiende por fronteras interiores: las fronteras terrestres comunes de las Partes contratantes, así como sus aeropuertos por lo que respecta a los vuelos interiores y sus puertos marítimos por lo que respecta a los enlaces regulares de transbordadores con procedencia o destino exclusivamente en otros puertos de los territorios de las Partes