Cuando prescribe la declaracion de la Renta 2017?

¿Cuándo prescribe la declaración de la Renta 2017?

¿Cuál es el plazo establecido? En base al artículo 66 de la Ley General Tributaria, una deuda tributaria prescribe a los cuatro años. El tiempo empieza a correr desde el día posterior al término del plazo reglamentario para presentar la declaración o autoliquidación.

¿Cuándo prescribe el IBI de 2017?

Las deudas tributarias, tal y como establece el artículo 66 de la Ley General Tributaria, prescriben a los cuatro años desde que finaliza el plazo reglamentario para presentar la debida declaración o autoliquidación.

¿Cómo puedo pedir la devolución de impuestos de años anteriores?

Una vez que cumpliste con tu obligación, puedes solicitar la devolución de impuestos de años anteriores. Podrás pedir la devolución de hasta 5 años atrás; es decir, este año puedes presentar tu declaración anual 2020 y de forma simultánea o en otro momento del año podrás presentar la declaración de los ejercicios 2019, 2018, 2017, 2016 y 2015.

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¿Cuándo puedo solicitar la devolución de mi impuesto?

Sin embargo, antes de solicitar la devolución de tus impuestos, es necesario que presentes tu declaración anual 2020 en tiempo y forma, recuerda que las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para hacerlo.

¿Por qué no puedo pedir devoluciones de años anteriores?

Las anteriores si no las has presentado, las presentes ahorita o un mes después pues ya estás de todos modos fuera de tiempo», apuntó en entrevista. En las solicitudes de devoluciones de años anteriores, hay dos supuestos: que en su momento el SAT te haya rechazado la devolución o que sea la primera vez que solicitas las devoluciones anteriores.

¿Cómo recuperar impuestos de años anteriores?

Te explicamos. Así como las personas físicas tienen la obligación de presentar su declaración anual en tiempo y forma, también tienen el derecho de solicitar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la devolución de impuestos de años anteriores, con lo que podrías recuperar cantidades a tu favor de ISR, IVA, IEPS.