¿Cuáles son las obligaciones en materia civil?
En congruencia con lo anteriormente expuesto, podemos definir a la obligación civil como la relación jurídica por virtud de la cual un sujeto llamado deudor queda vinculado jurídicamente respecto de otro sujeto llamado acreedor a realizar una conducta que puede consistir en un dar, en un hacer o en un no hacer.
¿Qué son las obligaciones en el Derecho Civil?
La obligación es el vínculo jurídico entre dos personas, una llamada acreedor y la otra llamada deudor.
¿Cuáles son los elementos de la obligación?
De este concepto de obligación se deducen varios elementos que es necesario explicar: 1. Los sujetos. Toda obligación necesariamente plantea la existencia de al menos dos sujetos, un deudor y un acreedor. El deudor es la parte pasiva de la relación obligatoria; el acreedor es la parte activa.
¿Qué son las obligaciones?
Las obligaciones nacen de voluntades o de un ilícito, de derecho propio, según las varias especies de causas (Gayo) y por esa razón se habla de la necesidad de pagar alguna cosa, añadiéndose que el pago debe hacerse según las leyes de nuestra ciudad lo que significa que el vínculo está reconocido por el orden jurídico.
¿Cuál es el objeto de la obligación?
El objeto de la obligación es la prestación y se define como la actividad humana que va a tener que ser desplegada por el deudor y que va a consistir en un efectivo dar, en un efectivo hacer o en un efectivo no hacer. Toda obligación, entonces, tiene por prestación el dar, el hacer o el no hacer algo.
¿Qué es una obligación y cuáles son sus características?
La obligación es un vínculo jurídico abstracto en virtud del cual una parte, denominada deudor, se compromete a ejecutar una prestación de contenido patrimonial en favor de otra, denominada acreedor, pudiendo esta última exigir su cumplimiento o, en su defecto, la indemnización que corresponda.