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¿Qué es ampliación de garantía?
Una extensión de garantía ofrece una continuación de la garantía estándar del producto dado por el fabricante. Este no es un seguro y no cubre el mal uso, ni el desgaste normal, ni daños accidentales.
¿Qué cubre la garantía de un vehículo?
La garantía legal cubre la reparación de los daños motivados por defecto de fabricación en el vehículo, por un lado, y las averías que no estén provocadas por el desgaste o la falta de mantenimiento, por el otro. Está regulado por ley, concretamente por el Real Decreto Legislativo 1/2007.
¿Cuánto dura la garantía de un auto 0km?
Ante todo, lo primero que hay que saber es que las garantías de los 0 km son otorgadas por la automotriz, pero se canalizan a través de las concesionarias. Con períodos que van de uno a tres años de cobertura, la garantía cubre al coche ante algún problema de fabricación.
¿Cuándo se puede ampliar la garantía de un vehículo?
En la mayoría de los casos, la ampliación de una garantía se hace en el momento de la compra del vehículo. Sin embargo, la mayoría de las marcas permite hacerlo durante el periodo de la garantía comercial, que depende de cada fabricante. – ¿Hay algún tipo de vehículo al que no se le puede realizar una extensión de garantía?
¿Cuáles son los requisitos para contratar una ampliación de garantía comercial?
Todos los vehículos pueden contratar una ampliación de la garantía comercial. En cuanto al estado, aquellos vehículos con un excesivo número de kilómetros o cuyo estado general no sea el óptimo no podrán adquirir este tipo de servicios. – ¿Hay algún elemento del vehículo que nunca estará garantizado?
¿Cuánto dura una garantía?
*Cuando se dice que una garantía dura 3 años o 100.000 kilómetros, quiere decir que acaba cuando cumpla los tres años desde la primera fecha de matriculación o cuando haya recorrido 100.000 kilómetros, lo que antes suceda.
¿Qué es la garantía legal?
La garantía legal es un conjunto de derechos que la Ley concede al consumidor. Se trata de derechos irrenunciables. De esta garantía responde el vendedor frente al consumidor, aunque si a este le resulta imposible o le supone una carga excesiva dirigirse contra el vendedor, podrá reclamar directamente al fabricante.