Que pasa si no renuevas la demanda de empleo?

¿Qué pasa si no renuevas la demanda de empleo?

Si olvida renovar la demanda, se iniciará un procedimiento sancionador por infracción leve que puede suponerle la pérdida de un mes de prestación. Si no vuelve a renovarla una segunda vez, perderá tres meses. Si se repite una tercera vez, perderá seis meses, y si por cuarta vez no renueva, perderá la prestación.

¿Cuándo caduca la demanda de empleo?

La fecha de la renovación de tu demanda de empleo (más conocido con el término “sellar el paro”), tiene una periodicidad general de 90 días. Esta fecha viene siempre registrada en tu tarjeta DARDE. Para renovarla, ya no tienes que ir presencialmente a las oficinas del SEPE.

¿Cuánto tiempo tengo para comunicar al SEPE que estoy trabajando?

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Recuerda que cuando termines tu contrato, tienes un plazo de 15 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) para comunicarlo al Servicio Público de Empleo y solicitar la reactivación de su prestación suspendida.

¿Qué pasa si no me apunto al paro en 15 días?

En el caso de que pidas el paro fuera del plazo de 15 días, la prestación no se pierde. Lo que sí ocurre es que te penalizan con días de ayuda. Dicha penalización es mayor cuanto más días se tarde en pedir el paro una vez que ha terminado el plazo.

¿Cuántos días después se puede sellar el paro?

El Servicio de Empleo tiene 45 días para contestar, admitiendo o no la reclamación. En el caso de pasar el plazo y no haber contestado, se entiende que se ha desestimado la reclamación previa.

¿Cómo avisar al sepe que empiezas a trabajar?

Podrá hacerlo: A través de Internet, en www.sepe.es (si dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve). Llamando al teléfono de atención a la ciudadanía. En la oficina de empleo de su domicilio previa petición de cita en la web citada o por teléfono.

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¿Cómo avisar al sepe que he empezado a trabajar?

¿Cómo comunicar al SEPE que he encontrado trabajo?

  1. Mediante la sede electrónica del SEPE si dispone de DNI o usuario electrónico, certificado digital o cl@ve.
  2. Mediante vía telefónica, de lunes a viernes, de 09.00 a 14.00 horas.
  3. De forma presencial en la oficina de empleo correspondiente tras haber obtenido cita previa.